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SISTEMA INTEGRADO DE JUBILACIONES Y PENSIONES - Aumento de la base imponible mínima y máxima para el cálculo de aportes y contribuciones - Resolución Nº 135 / 2009 - Administración Nacional de la Seguridad Social - 17 de Marzo de 2009

Con fecha 16/03/2009 se publicó en el Boletín Oficial la Resolución Nº 135/2009 de la ANSES mediante la cual se incrementan los topes mínimo y máximo de la base imponible aplicable para el cálculo de los aportes y contribuciones correspondientes al SISTEMA INTEGRADO DE JUBILACIONES Y PENSIONES, previstas en el primer párrafo del art. 9 de la Ley 24.241.

Dichos topes quedan establecidos en los siguientes montos:

  • tope mínimo: $ 268,06
  • tope máximo: $ 8.711,82

Cabe recordar que el tope máximo rige exclusivamente para el cálculo del:

a) Aporte personal de los trabajadores en relación de dependencia comprendidos en este sistema; (art. 10 ,inc a) de la Ley 24.241)

b) Aporte personal de los trabajadores autónomos comprendidos en el presente sistema.(art. 10 ,inc c) de la Ley 24.241).

La modificación no alcanza a los aportes y contribuciones al régimen de obras sociales.

Vigencia

Los nuevos topes comienzan a regir a partir de los haberes devengados en el mes de marzo de 2009.