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Novedades Impositivas varias producidas en diferentes jurisdicciones provinciales en la primera semana de Febrero de 2007

Buenos Aires. Disposición Normativa "B" 4/07. Impuesto sobre los Ingresos Brutos. Impuesto de Sellos. Regularización de deudas al 31/12/05. Contribuyentes en proceso de fiscalización con deuda en instancia de discusión administrativa sin resolución firrme. Restablécese hasta el 28/2/07 la vigencia de la D. N. 91/06.

Buenos Aires. Disposición Normativa "B" 5/07. Impuesto de Sellos. Entidades Registradoras. Restricciones establecidas por la Ley Impositiva 2007 sobre el lugar geográfico para ingresar el impuesto a través de Entidades Registradoras en actos y contratos de naturaleza comercial a la alícuota preferencial del 5 por mil. Determínase que el ingreso deberá realizarse en el partido en que se encuentren los bienes o mercaderías o se preste el servicio y en los demás actos y contratos en el partido donde se celebren. Establécese también la utilización de un formulario de declaración jurada sobre la ubicación de los bienes o lugar de prestación de las locaciones.

Buenos Aires. Disposición Normativa "B" 7/07. Regularización de deudas al 31/12/05. Extiéndese hasta el 28/2/07 la vigencia de las D. N. "B" 49/06 (de deudas de los Impuestos Inmobiliario, a los Automotores, sobre los Ingresos Brutos y de Sellos) y 50/06 (deudas en proceso de ejecución judicial de los tributos citados).

Río Negro. Ley 4153. Regímenes de facilidades de pago. a) Establécese un régimen de facilidades de pago para sujetos bajo fiscalización o en juicio de apremio, por obligaciones devengadas o infracciones cometidas al 31/12/06. b) Establécese un régimen de facilidades de pago para sujetos con ingresos familiares de hasta $ 1.200 mensuales, podrán adherir al régimen de facilidades de pago que se establece en la presente ley, por obligaciones devengadas y exigibles entre el 1/1/01 y el 31/12/06, por Impuesto a los Ingresos Brutos, Impuesto Inmobiliario e Impuesto a los Automotores.

Río Negro. Ley 4157. Impuesto sobre los Ingresos Brutos. Establécese un régimen de incentivos fiscales y bonificaciones por pago en término, aplicable durante el ejercicio fiscal 2007, con descuentos de distinta magnitud según la actividad.

San Juan. Resolución M. H. y F. 43/07. Impuesto sobre los Ingresos Brutos y adicional. Descuento por pago en término. Fíjase en el 15% el descuento para los contribuyentes de este impuesto y su adicional, en la medida en que el ingreso de las declaraciones juradas mensuales se efectúe, hasta las respectivas fechas de vencimiento, en instituciones bancarias u otras autorizadas por la Dirección General de Rentas.

Santa Fe. Decreto 101/07. Impuesto de Sellos. Exenciones incorporadas al Código Fiscal por la ley 12.559. Reglaméntase el beneficio establecido en los incisos 45 y 46 del artículo 183 del Código Fiscal, referidos a fideicomisos financieros, estableciéndose requisitos y condiciones para obtener la exención.

Santiago del Estero. Resolución 9/07. Impuesto sobre los Ingresos Brutos. Impuesto de Sellos. Establécense requisitos para gozar de la exención aplicable a la actividad primaria.

Tierra del Fuego. Decreto 205/07. Fondo Social de Reactivación Productiva. Adicional del 0,5 por ciento del Impuesto sobre los Ingresos Brutos y otros aportes, ley 695. En uso de la facultad conferida por la citada ley, prorrógase la vigencia de este fondo hasta el 31/12/07.

Tierra del Fuego. Resolución 117/06. Impuesto sobre los Ingresos Brutos. Régimen de recaudaciones sobre acreditaciones en cuentas en entidades financieras. Unifícase en el 8 por mil la alícuota aplicable a contribuyentes directos y sujetos comprendidos por el Convenio Multilateral, con vigencia a partir de la notificación a las entidades financieras por parte de la Comisión Arbitral del Convenio Multilateral.