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Novedades Impositivas varias producidas en diferentes jurisdicciones provinciales en la ultima semana de junio de 2006

Chubut. Resolución 391/06. Impuesto sobre los Ingresos Brutos. Régimen de recaudación en cuentas en entidades financieras. Elévase al 8 por mil la alícuota aplicable a los sujetos alcanzados por el régimen del Convenio Multilateral. Esta disposición regirá a partir de la notificación a las entidades financieras por parte de la Comisión Arbitral del Convenio Multilateral.

Córdoba. Decreto 659/06. Impuesto sobre los Ingresos Brutos. Régimen de recaudación en cuentas en entidades financieras. Elévase al 8 por mil la alícuota aplicable a los sujetos alcanzados por el régimen del Convenio Multilateral. El decreto expresaba que entraba a regir desde el 1/6/06, pero fue publicado el 26/6/06.

Córdoba. Disposición Normativa “B” 41/06. Impuesto sobre los Ingresos Brutos. Regímenes de retención y percepción. Establécense normas aplicables a la puesta en uso del aplicativo "Sistema de Liquidación Agentes de Retención/Recaudación y Percepción Impuesto sobre los Ingresos Brutos Provincia de Córdoba SiLARPIB.CBA" en forma progresiva a partir del 1/7/06.

La Rioja. Resolución 11/06. Impuesto sobre los Ingresos Brutos. Régimen de percepción por operaciones de importación definitiva a consumo de mercaderías. Elévase de 1% a 1,5% la alícuota aplicable a esta percepción, con vigencia a partir de su comunicación a la A.F.I.P. por parte de la Comisión Arbitral del Convenio Multilateral.

Mendoza. Resolución 25/06. Impuesto sobre los Ingresos Brutos. Régimen de percepción por operaciones de importación definitiva a consumo de mercaderías. Elévase de 1% a 1,5% la alícuota aplicable a esta percepción, con vigencia a partir de su comunicación a la A.F.I.P. por parte de la Comisión Arbitral del Convenio Multilateral.

Misiones. Resolución 32/06. Impuesto sobre los Ingresos Brutos. Régimen de percepción por operaciones de importación definitiva a consumo de mercaderías. Elévase de 1% a 1,5% la alícuota aplicable a esta percepción, con vigencia a partir de su comunicación a la A.F.I.P. por parte de la Comisión Arbitral del Convenio Multilateral.

San Juan. Resolución 983/06 (S. H. y F.). Impuesto sobre los Ingresos Brutos. Régimen de recaudación en cuentas en entidades financieras. Elévase al 8 por mil la alícuota aplicable a los sujetos alcanzados por el régimen del Convenio Multilateral. Esta disposición regirá desde el 1/7/06.

Santa Fe. Resolución 7/06. Impuesto sobre los Ingresos Brutos. Régimen de retención. Modifícase el inciso j) del art. 1º de la Res. 15/97 para incluir a los “vales alimentarios y similares” en la nómina de sistemas de pagos alcanzados por este régimen. Esta exigencia regirá desde el 1/8/06.