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PRORROGA DE VIGENCIA DE IMPUESTOS NACIONALES - Ley Nº 26.180 - Poder Ejecutivo Nacional - 20 de Diciembre de 2006

En la fecha ha sido publicada en el Boletín Oficial la Ley Nº 26180 (sancionada el 29/11/06 y promulgada de hecho el 19/12/06) mediante la cual se ha dispuesto la prorroga de la vigencia de los siguientes impuestos nacionales, que caducaban el próximo 31/12/06:

  • Impuesto sobre los Créditos y Débitos en Cuentas Bancarias y Otras Operatorias: prórroga hasta el 31 de diciembre de 2007

  • Impuesto adicional de emergencia sobre el precio final de venta de cigarrillos: prórroga hasta el 31 de diciembre de 2007

Asimismo, a través de esta ley se dispuso:

  • Prorrogar la suspensión hasta el 31 de diciembre de 2007, de la aplicación de la exención establecida en el articulo 20, inciso i), de la ley del Impuesto a las Ganancias. Dicha exención, apunta a desgravar a las sumas percibidas por los exportadores correspondientes a reintegros o reembolsos acordados por el Poder Ejecutivo.

  • Prorrogar la suspensión hasta el 31 de diciembre de 2007, de la aplicación del articulo 24.1 de la Ley del IVA, el cual establece la posibilidad de utilización de saldos técnicos a favor de los contribuyentes contra otros gravámenes, en tanto se verifiquen los recaudos previstos en el mismo.